Jorge Silveira, Raúl Scioscia y Rubén Sosa Tejera fueron procesados por el secuestro y desaparición forzada ocurrido en 1976.
La jueza penal de 23.º turno Isaura Tórtora procesó con prisión a Jorge Silveira, Raúl Scioscia y Rubén Sosa Tejera por la desaparición forzada de la maestra Elena Quinteros en calidad de coautores, según informó La Diaria. La Justicia impuso prisión preventiva en la cárcel de Domingo Arena para Silveira y Scioscia, mientras que a Sosa Tejera le fue impuesta la prisión domiciliaria.
Se trata de los primeros militares procesados por este caso emblemático de desaparición forzada. En abril de 2010, el juez Fernández Lecchini procesó por homicidio especialmente agravado al excanciller de la dictadura, Juan Carlos Blanco, pero en aquel momento la fiscal Mirtha Guianze había solicitado condena por desaparición forzada.
Los militares procesados se desempeñaron en el Órgano Coordinador de Operaciones Antisubversivas (OCOA), organismo encargado de la represión y captura de militantes sociales y políticos, como Quinteros, quien se desempeñaba como encargada de la propaganda del Partido de la Victoria Popular (PVP) y era militante de la Federación Uruguaya de Magisterio.
Secuestrada en su domicilio el 24 de junio de 1974, Quinteros fue trasladada al centro clandestino “300 Carlos”. Cuatro días después, convenció a sus captores de que entregaría a un integrante del PVP en la esquina de bulevar Artigas y Palmar, pero escapó e ingresó a los jardines de la embajada de Venezuela. Una vez allí, fue nuevamente apresada a pesar de la resistencia del consejero, del secretario general de la misión diplomática y otros dos funcionarios, según indica la web de Sitios de Memoria.
Según el informe de la Comisión para la Paz (2003) citado en Sitios de Memoria, Quinteros fue conducida nuevamente al “300 Carlos”, torturada durante meses y ejecutada a principios de noviembre de 1976. Esta versión fue reiterada en el reporte de las Fuerzas Armadas al presidente Tabaré Vázquez, hecho en 2005.
Según el procesamiento publicado este viernes por La Diaria, Tórtora estableció que “los hechos historiados en obrados exceden la figura delictiva del homicidio” porque la desaparición forzada también lesionó otros derechos como el de “los familiares de las víctimas, la convivencia pacífica en sociedad y el Estado de Derecho”.
Para la jueza, la desaparición forzada “no sólo se vulnera el derecho a la libertad y a la vida sino también todos los valores atinentes a la persona humana, a su dignidad y trascendencia en el mundo social, que son cegados con el desaparecimiento, constituyendo un daño muy profundo, superior al simple homicidio”.